
El diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (PAN) impulsa reformas para priorizar el uso de medidas alternativas a la detención de migrantes que ingresen por la frontera sur, cuando se trate de niñas, niños y adolescentes, familias o personas solicitantes de protección internacional, privilegiando en todo momento los principios de interés superior de la niñez, unidad familiar, proporcionalidad y respeto a los derechos humanos.
La iniciativa, que modifica el artículo 111 de la Ley de Migración, señala que dichas medidas deberán incluir presentaciones periódicas ante la autoridad migratoria, garantías o cauciones, programas de acogida comunitaria, canalización a albergues o instituciones especializadas, supervisión administrativa no privativa de la libertad, u otras que resulten idóneas conforme a los estándares nacionales e internacionales. Fue enviada a la Comisión de Asuntos Migratorios.
Refiere que factores estructurales como la desigualdad económica, violencia, reunificación familiar, efectos del cambio climático, así como crisis políticas y humanitarias en diversos países, han generado un incremento sostenido en el tránsito de personas extranjeras por territorio nacional.
Menciona que la frontera sur representa una de las regiones de mayor dinamismo migratorio del país. Además, diversos registros administrativos y estadísticas oficiales han documentado un incremento significativo en el número de personas extranjeras que ingresan por esa zona, incluyendo personas en situación de movilidad laboral, solicitantes de protección internacional, niñas, niños y adolescentes, y familias completas.
Por ello, considera necesario fortalecer la coherencia del marco normativo migratorio mediante la incorporación expresa de un mandato legislativo que priorice el uso de medidas alternativas a la detención, especialmente para personas migrantes que ingresen por la frontera sur y que pertenezcan a grupos en situación de vulnerabilidad.
Expone que el fenómeno migratorio contemporáneo exige respuestas normativas modernas, funcionales y congruentes con los principios constitucionales. La detención migratoria, como medida administrativa excepcional, debe aplicarse bajo criterios estrictos de necesidad y proporcionalidad.
Asimismo, priorizar medidas alternativas representa una solución jurídica razonable, compatible con la protección de derechos humanos, eficiencia institucional y gobernabilidad migratoria.
Hace notar que si bien la Ley de Migración reconoce la figura del alojamiento en estaciones migratorias como una medida administrativa válida, la práctica institucional y la evolución de los estándares internacionales han puesto de manifiesto que su aplicación generalizada o automática puede resultar incompatible con principios fundamentales como la excepcionalidad de la detención, protección reforzada de la niñez, unidad familiar y el acceso efectivo a procedimientos de protección internacional.
Subraya la importancia de incorporar en el texto legal un mandato expreso que oriente la actuación de la autoridad migratoria hacia soluciones menos restrictivas de libertad personal, particularmente en aquellos supuestos donde la detención administrativa no constituya la única ni la más idónea alternativa.
Esta propuesta contribuirá a reducir riesgos de vulneración de derechos fundamentales, fortalecer la seguridad jurídica, optimizar la gestión administrativa, disminuir presiones operativas en estaciones migratorias, alinear la legislación con estándares internacionales y promover una política migratoria más humana y eficaz, puntualiza.
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